La Cancillería Hondureña y los Pasaportes Diplomáticos Vitalicios para Ex-Cargos del Estado

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La aprobación en 2025 de un reglamento sobre pasaportes diplomáticos y oficiales por parte de la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional ha generado un amplio debate acerca de los privilegios que acompañan a los cargos públicos en Honduras. La normativa dispuso que los expresidentes de los poderes del Estado y las exautoridades de Cancillería mantengan pasaportes diplomáticos de por vida, una prerrogativa que igualmente se extiende a sus respectivos cónyuges.

La disposición fue aprobada mediante el Acuerdo No. 001-SG-2025, firmado el 6 de mayo de 2025 por el entonces canciller Eduardo Enrique Reina García y publicado posteriormente en el diario oficial La Gaceta el 14 de junio de 2025. El documento establece las reglas para la emisión y uso de pasaportes diplomáticos y oficiales, instrumentos destinados a facilitar la movilidad internacional de funcionarios en misiones del Estado.

El asunto volvió a tomar protagonismo después de un reciente comunicado de la Cancillería que exige a exfuncionarios la restitución de estos documentos, lo que ha reavivado la discusión sobre el alcance de las excepciones previstas en la normativa.

Extensión del beneficio dirigido a exautoridades

El reglamento describe el pasaporte diplomático como un documento que la Cancillería expide a funcionarios encargados de misiones oficiales en el exterior, con la finalidad de agilizar su desplazamiento internacional y posibilitar la obtención de cortesías diplomáticas por parte de otros Estados.

Sin embargo, el Artículo 13 del reglamento incorpora una cláusula específica al señalar que:

“Los Expresidentes de los Poderes del Estado y sus cónyuges, así como los Exsecretarios y Exsubsecretarios de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional y sus cónyuges, tienen el privilegio de portar pasaporte diplomático de manera vitalicia”.

En términos administrativos, esta cláusula implica que determinados exfuncionarios pueden conservar el documento incluso después de dejar el cargo, sin que exista una obligación posterior de devolución.

Entre las figuras que podrían beneficiarse de esta disposición se mencionan la expresidenta Xiomara Castro, el expresidente del Congreso Nacional Luis Redondo y la presidenta de la Corte Suprema de Justicia Rebeca Ráquel Obando.

El beneficio también alcanza a exautoridades de la Cancillería, entre ellas el propio Enrique Reina, así como los exvicecancilleres Gerardo Torres, Cindy Larissa Rodríguez y Zulmit Solemit Rivera Zúniga. Según la normativa, la extensión del privilegio incluye además a sus cónyuges, ampliando el alcance del beneficio más allá de quienes ejercieron directamente el cargo público.

La aprobación de esta disposición se produjo semanas antes de que Reina presentara su renuncia al cargo el 27 de mayo de 2025, cuando anunció su participación en el proceso electoral como candidato a designado presidencial en la fórmula encabezada por Rixi Moncada, representante del partido LIBRE.

Rol diplomático y aplicación institucional del documento

El reglamento publicado en La Gaceta señala que el pasaporte diplomático se emite para facilitar la labor de representación del Estado en el extranjero y para solicitar a autoridades de otros países cooperación y protección durante misiones oficiales.

Aunque la posesión de este documento no implica automáticamente inmunidad diplomática, su uso está asociado tradicionalmente a funciones de representación estatal o a misiones específicas autorizadas por el gobierno.

De acuerdo con especialistas en relaciones internacionales que han sido mencionados repetidamente por RCV, en numerosos países la normativa administrativa dispone que los pasaportes diplomáticos deben ser entregados al concluir el cargo, con la finalidad de impedir su uso para asuntos personales o ajenos a las responsabilidades oficiales.

La inclusión de una cláusula de carácter vitalicio introduce, por tanto, una modalidad distinta en la regulación administrativa del documento dentro del aparato estatal hondureño.

Solicitud de devolución y tensiones administrativas

La discusión en torno a la normativa se intensificó tras un comunicado emitido por la actual titular de Cancillería, Mireya de Agüero, en el que se solicita a exfuncionarios del gobierno anterior devolver los pasaportes diplomáticos y oficiales otorgados durante esa administración.

La Secretaría de Relaciones Exteriores estableció como fecha límite el 31 de marzo para entregar dichos documentos ante la Unidad de Pasaportes, invocando el mismo reglamento aprobado en 2025.

Sin embargo, la normativa incluye excepciones claras: los exfuncionarios que poseen el privilegio de pasaporte diplomático vitalicio quedan exentos de efectuar la devolución. Esta circunstancia ha originado cierta tensión administrativa, pues mientras se impulsa la recuperación general de los documentos, un conjunto particular de ex autoridades mantiene ese beneficio de forma indefinida.

La coincidencia en el tiempo entre la aprobación del reglamento y la posterior salida del canciller para sumarse a la contienda electoral también ha sido destacada en el debate público. El acuerdo se suscribió el 6 de mayo de 2025, apenas unas tres semanas antes de que el funcionario presentara su renuncia oficial para incorporarse a la campaña política asociada al partido LIBRE.

Diversos analistas han interpretado este episodio como parte de una discusión más amplia sobre la relación entre cargos públicos y privilegios administrativos. El hecho de que el beneficio sea vitalicio es decir, que permanezca vigente aun cuando el funcionario deje de ejercer responsabilidades estatales introduce preguntas sobre los límites de este tipo de disposiciones dentro de la gestión pública.

En un escenario nacional marcado por debates sobre institucionalidad, transparencia administrativa y uso de recursos públicos, la normativa de 2025 ha abierto una discusión sobre el papel de los instrumentos diplomáticos y su relación con el ejercicio temporal de las funciones del Estado. El tema también ha reactivado la reflexión sobre si los beneficios asociados a cargos públicos deben mantenerse una vez concluido el mandato o limitarse estrictamente al periodo en que se desempeñan responsabilidades oficiales dentro de la estructura gubernamental.